Ley de alquiler vacacional de la Junta de Andalucía y la climatización
Pese a que la normativa que afecta a inmuebles dedicados al alquiler vacacional en Andalucía es del año pasado, este verano hemos notado un incremento de instalaciones de aire acondicionado destinados a este tipo de viviendas en Málaga, y sobre todo en ciudades muy turísticas como pueden ser Marbella, Estepona, Fuengirola o Mijas.
Como entendemos que es un tema que puede generar ciertas, dudas, puesto que no afecta a todos los alquileres por el momento, si no que es una normativa exclusiva para alquiler vacacional, explicaremos un poco como funciona y a que afecta, sobre todo desde el punto de vista de la climatización, que es lo que nos afecta como empresa instaladora y mantenimiento.
Normativa de alquiler vacacional de la Junta de Andalucía o apartamentos turísticos
Pues podemos encontrar el decreto 194/2010 de 20 de abril de 2010 y de modificación del decreto 28/2016 de 2 de Febrero de 2016 pulsando en sus enlaces.
El decreto afecta a viviendas residenciales destinadas a alojamiento con fines turísticos por un precio. Esas viviendas han de estar dadas de alta en el Registro de la Junta de Andalucía y cumplir los requisitos de la propia normativa para no ser consideradas clandestinas y ser sancionados por ese motivo.
Son las altas sanciones las que han incrementado la instalación de sistemas de climatización en estas viviendas.
¿Qué es una vivienda con fines turísticos?
- Vivienda ofertada a través de canales de oferta turística.
- El alquiler es por tiempo inferior a dos meses de forma continuada a una misma persona.
- Ubicada en suelo residencial, no turístico/terciario.
- Si el alquiler es de toda la vivienda no puede exceder las 15 plazas.
- En caso de que el alquiler sea por habitaciones no puede exceder las 6 plazas.
- En ningún caso puede superar las 4 plazas por habitación.
¿Qué requisitos ha de cumplir una vivienda con fines turísticos?
- Por el caso que nos ocupa. Refrigeración por elementos fijos en las habitaciones y salones cuando el alquiler o cesión sea durante los meses de mayo a septiembre, incluidos estos.
Si además lo hace durante los meses de octubre a abril, ambos inclusive, deberán contar con calefacción. Ya hablaremos de este requisito más tarde. - Tener licencia de ocupación y cumplir condiciones técnicas y de calidad.
- Habitaciones con ventilación directa al exterior o patios y sistema de oscurecimiento de las ventanas.
- Suficientes muebles, electrodomésticos y enseres para su uso inmediato acorde al número de plazas que oferte.
- Botiquín de primeros auxilios.
- Dispones de hojas de quejas y reclamaciones a disposición de los usuarios.
- Ofrecer información turística en soporte físico o electrónico de la zona (restaurantes, zonas de ocio, comercios, aparcamientos cercanos a la vivienda, servicios médicos y de urgencia, transporte urbano, plano de la localidad y guía de espectáculos).
- Limpieza de la vivienda a la entrada y salida de los nuevos clientes.
- Ropa de cama y menaje suficiente para las plazas ofertadas y un juego de reposición.
- Número de teléfono para atender y resolver consultas o incidencias.
- Informar de las normas internas, admisión de mascotas, restricciones para fumadores y zonas de uso restringido.
- Información e instrucciones de funcionamiento de electrodomésticos y otros dispositivos.
Si ya dispone de los equipos necesarios instalados en su vivienda, no olvide realizar un mantenimiento adecuado de los mismos para un correcto funcionamiento y evitar averías y la consiguiente reparación.
¿Como cumplir con esta normativa desde el punto de vista de la climatización?
Es necesario que sean elementos fijos, por lo que ventiladores de pie, aires acondicionados y radiadores portátiles quedan descartados.
Tienen que estar climatizadas, dependiendo de los meses del año que lo alquilemos, las habitaciones y salones.
Nuestro consejo es que en casas preparadas con preinstalación de aire acondicionado por conductos, hagamos uso de esta tecnología.
En el caso de no tener la preinstalación, siempre es más económico instalar aire acondicionado de split. Los sistemas modernos refrigeran (enfrían) y calientan por igual, y los equipos inverter hacen que el consumo de energía sea bajo. De este modo cumplimos con la normativa desde el punto de vista de la climatización para cualquier época del año.
Además si ya dispone de los equipos necesarios instalados en su vivienda, no olvide realizar un mantenimiento adecuado de los mismos para un correcto funcionamiento y evitar averías y la consiguiente reparación.
Si tiene alguna duda o quiere que concertemos una cita para estudiar su caso in situ puede llamarnos al 625 800 700 y un equipo de ADF instalaciones y mantenimiento acudirá a su vivienda.
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